La nueva reforma del Código Penal en España entrará en vigor el 12 de enero de 2022, a través de una Ley Orgánica, con el objetivo de adaptar la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea. La reforma ha centrado la atención pública en delitos como la malversación o la sedición, pero también incluye una nueva tipificación en los delitos contra los derechos de los trabajadores. Se introduce un nuevo inciso en el Código Penal que castiga con la pena de prisión de seis meses a seis años y multa de seis a doce meses a “los que impongan condiciones ilegales a sus trabajadores mediante su contratación bajo fórmulas ajenas al contrato de trabajo, o las mantengan en contra de requerimiento o sanción administrativa”. El término “fórmulas ajenas al contrato de trabajo” es nuevo y carece de precisión, ya que no se especifica cuáles son las modalidades contractuales que pueden incurrir en esta contingencia sancionadora, lo que puede causar inseguridad y alarma al abrir la posibilidad de interpretaciones expansivas hacia posibles supuestos de hecho lícitos. Para ubicar la aplicabilidad del nuevo precepto, se debería contemplar qué dice al respecto el régimen sancionador preferente al penal, que es el administrativo. En definitiva, la reforma penal parece sancionar la no utilización del contrato de trabajo en lo que considera, indudablemente, una relación laboral. La exposición de motivos de la Ley Orgánica señala que el nuevo precepto pretende cubrir una laguna de punibilidad sobre hechos vinculados, en general pero no exclusivamente, a nuevas tecnologías que, a partir del uso de sistemas automatizados, permiten el incumplimiento masivo de la correcta utilización del contrato de trabajo.
Además de lo mencionado anteriormente, es importante destacar que esta nueva reforma del Código Penal tiene como objetivo fortalecer la protección de los derechos de los trabajadores y garantizar una mayor igualdad en el lugar de trabajo. Es comúnmente conocido que en algunos casos, las empresas utilizan fórmulas contractuales ilegales para evadir responsabilidades laborales y salariales, y esta nueva tipificación busca poner fin a esta práctica.Sin embargo, es importante señalar que esta reforma también plantea algunos desafíos, especialmente en cuanto a la interpretación y aplicación del término “fórmulas ajenas al contrato de trabajo”. Es esencial que se proporcione una mayor claridad y precisión en cuanto a lo que se entiende por este término, para evitar cualquier tipo de ambigüedad o incertidumbre en su aplicación.
Además, es importante tener en cuenta que esta nueva tipificación no es una solución mágica para todos los problemas relacionados con la protección de los derechos laborales y la igualdad en el lugar de trabajo. Es necesario un esfuerzo colectivo de empleadores, empleados, y las autoridades para garantizar que se cumplan las obligaciones laborales y se respeten los derechos de los trabajadores.