La publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña de la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de medidas urgentes para afrontar la inactividad de los propietarios en caso de ocupación ilegal de viviendas con alteración de la convivencia vecinal.
A partir de mañana, esta Ley entrará en vigor y requerirá a los grandes tenedores, incluyendo a entidades financieras, personas jurídicas titulares de más de diez viviendas y personas físicas propietarias de más de quince viviendas, a tomar medidas para desalojar a los ocupantes de inmuebles sin título habilitante que causen alteraciones en la convivencia.
La Ley autoriza a los Ayuntamientos a requerir a los grandes tenedores, ya sea de oficio o a petición de la junta de propietarios del inmueble, que demuestren haber cumplido con su obligación de iniciar acciones para el desahucio. Si el propietario no puede demostrarlo en un plazo de un mes, el Ayuntamiento puede iniciar el correspondiente procedimiento. Cabe destacar que el incumplimiento de este requerimiento constituye una falta grave y sancionable.
Es importante señalar que la Ley permite a los Ayuntamientos adquirir durante siete años el uso de la vivienda del gran tenedor que no haya cumplido con la obligación de desalojar, con el fin de destinarla a alquiler social y resarcirse de la deuda originada por las acciones judiciales y los gastos derivados de adecuar la vivienda a la normativa de habitabilidad.
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Asimismo, es necesario recordar que la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamiento de personas que ocupan una vivienda sin título habilitante y que se encuentran en situación económica vulnerable sin alternativa habitacional sigue vigente hasta el 30 de junio de 2023. No obstante, la Ley 1/2023 puede encajar en alguna de las excepciones a esta suspensión previstas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, para hacer frente al COVID-19.
En definitiva, esta Ley busca proteger el derecho a la vivienda y fomentar la convivencia vecinal en los municipios de Cataluña, y esperamos que su implementación contribuya a garantizar una convivencia pacífica y respetuosa entre vecinos.