Denegada la posibilidad de conceder permisos laborales duplicados en el caso de familias monoparentales tras el nacimiento de un hijo
El Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión de una abogada de familia monoparental de obtener un doble permiso de maternidad por el nacimiento de su hijo, argumentando que la normativa española actual es legal y compatible con el derecho comunitario e internacional, y que cualquier cambio debe ser realizado por el poder legislativo y no a través de una sentencia judicial. La sentencia del Tribunal Supremo anula la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que reconoció el derecho de la abogada a este doble permiso, aunque se mantiene su derecho por haber sido reconocido por los tribunales vascos.