El pasado 13 de diciembre, en el Senado, la enmienda número 38 cambió el proyecto de ley del deporte. 144 votos a favor lo propiciaron. En el Congreso, nueve días después, la modificación, leve modificación, quedó consolidada. Luce en el Boletín Oficial de las Cortes, que este miércoles publicó el texto definitivo de la norma, ya aprobada.
El cambio, tal y como explicaron la senadora Assumpció Castellví y la diputada Pilar Calvo, ambas de Junts, la formación impulsora de la enmienda, atendía así a las reclamaciones de los sindicatos de jugadoras, que no es que fueran muy exigentes ni alambicadas. Revisado el borrador del proyecto, se trataba de suprimir un punto del artículo 105 y añadirlo al listado de puntos del 104. Se trataba, por ir al grano, de convertir una infracción grave en una infracción muy grave. Objetivo cumplido. “La no realización del informe anual de igualdad, así como no contar con los protocolos a los que se refiere el artículo 4” de la ley. He aquí el punto de sale de un precepto y que se incorpora a otro. Esto es lo que a partir de ahora será, también, infracción muy grave y lo que a partir de ahora se sancionará como tal. Atañe a las federaciones deportivas y a las ligas profesionales, según refiere el citado artículo 4 de la nueva ley del deporte. En este apartado de la norma se dice que tales entidades “estarán obligadas a realizar un informe anual de igualdad entre mujeres y hombres respecto de las competiciones que organicen”. El documento lo recibirán el Consejo Superior de Deportes, el Instituto de las Mujeres y el Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica.
No sólo habrán de redactar un plan de igualdad, sino además “un protocolo de prevención y actuación para situaciones de discriminación, abusos o acoso sexual y acoso por razón de sexo o autoridad”. Cualquier actitud o acción en esta línea habrá de comunicarse al Consejo Superior de Deportes.
Además, el hecho de no cumplir con estas obligaciones también podría resultar en sanciones económicas significativas, ya que las multas podrían alcanzar cifras superiores a los 3.000 euros. Además, podrían tener consecuencias en la clasificación de las entidades deportivas, incluso llegando a la pérdida de categoría o división. Esto es un paso importante para garantizar la igualdad en el deporte y para prevenir y abordar situaciones de discriminación, abusos o acoso sexual y acoso por razón de sexo o autoridad. Es importante que las entidades deportivas cumplan con estas obligaciones para garantizar un ambiente justo y seguro para todos los involucrados en el deporte.