El Tribunal Supremo respalda el registro de pausas para fumar y tomar café por parte de los empleados

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que avala la decisión de la empresa Galp de incluir las salidas de los trabajadores para fumar o tomar café en el registro de jornada. El sindicato CCOO había presentado un recurso ante la Justicia argumentando que estas salidas no formaban parte de la jornada laboral y que la empresa estaba violando varios aspectos relacionados con la implantación del registro de jornada.

La Audiencia Nacional rechazó el recurso del sindicato y ahora el Tribunal Supremo confirma esta decisión. Los jueces entienden que no está probado que las pausas para fumar o tomar café formen parte de la jornada laboral, y por lo tanto es legal que la empresa obligue a fichar durante las entradas y salidas. Según el Supremo, si no está por escrito que la pausa para fumar y tomar café forma parte de la jornada, no se puede declarar irregular ese aspecto del registro de jornada.

En cuanto a los viajes y desplazamientos, el Supremo argumenta que tampoco está probado que esa fuera la condición laboral que gozaban los trabajadores, por lo que no se puede considerar como parte de la jornada laboral. Los jueces explican que hubiera sido necesario acreditar que la empresa había implantado un registro de jornada alterando condiciones previas de forma fraudulenta.

En relación a las horas extra, el Supremo recuerda que la norma de 2019 que implantó el registro obligatorio de jornada tenía por objetivo luchar contra las horas extraordinarias ilegales, por lo que todo mecanismo que contribuya a cumplir ese objetivo es medio idóneo y acorde con las previsiones de la norma.

En resumen, el Tribunal Supremo ha avalado la decisión de la empresa Galp de incluir las salidas de los trabajadores para fumar o tomar café en el registro de jornada, al entender que no están probadas como parte de la jornada laboral. Además, el Supremo recuerda que la norma de 2019 que implantó el registro obligatorio de jornada tenía por objetivo luchar contra las horas extraordinarias ilegales, por lo que todo mecanismo que contribuya a cumplir ese objetivo es medio idóneo y acorde con las previsiones de la norma

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