El Gobierno ha presentado varias iniciativas legislativas antes de final de año, incluyendo la ley trans, la de bienestar animal, la de universidades, y la reforma de los delitos de sedición y malversación. Esta última ha sido aprobada definitivamente en el Senado con el bloque de investidura unido.
La Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de Transposición de Directivas Europeas y otras Disposiciones para la Adaptación de la Legislación Penal al Ordenamiento de la Unión Europea, y Reforma de los Delitos contra la Integridad Moral, Desórdenes Públicos y Contrabando de Armas de Doble Uso será publicada en el Boletín Oficial del Estado.
La reforma del Código Penal implica, entre otros aspectos, la eliminación del delito de sedición y la reforma del de malversación. Partidos como el PP, Vox y Ciudadanos han criticado y rechazado esta modificación legislativa, argumentando que se hace expresamente para favorecer a los condenados por organizar y celebrar el referéndum independentista de 2017 en Cataluña, y a aquellos que no han sido juzgados por esos hechos al abandonar España para huir de la acción de la justicia. Sin embargo, el Gobierno argumenta que esta reforma es necesaria para adaptar el Código Penal a la legislación que emana de la UE y los ordenamientos jurídicos de otros países europeos. En el preámbulo de la nueva norma se explica que “la presente ley pretende afrontar algunos de los retos pendientes en la legislación penal española, en relación con ciertos tipos y penas que la evolución social, la experiencia y el Derecho comparado invitan a revisar desde hace mucho tiempo”.
Con respecto a la malversación, el texto distingue entre tres niveles: la apropiación de fondos por parte del autor o que éste consienta su apropiación por terceras personas, el uso temporal de bienes públicos sin ‘animus rem sibi habendi’ y con su posterior reintegro, y un desvío presupuestario o gastos de difícil justificación. El preámbulo asegura que, de este modo, la apropiación de caudales públicos queda castigada como en la actualidad, mientras que los desvíos presupuestarios tendrán una pena más leve, “pero en todo caso implicarán pena de prisión, salvo en el caso de que no quede comprometida la confianza en el servicio público”.