Reduce las condenas del caso al no considerar probados los delitos de falsedad documental y estafa y absuelve a la auditora al no apreciar conducta dolosa
La Sala Penal del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia, el 10 de febrero de 2023, en relación al conocido caso Pescanova, en la que se condena al expresidente ejecutivo de la compañía por delitos continuados de falsedad en las cuentas anuales y falseamiento de información económica y financiera, así como por alzamiento de bienes, y se le impone una pena de 6 años de prisión. Además, se le exige que, solidariamente con la empresa Pescanova, indemnice con más de 125 millones de euros a los inversores perjudicados, tanto empresas como particulares.
En la sentencia, se mantienen las condenas contra el presidente del grupo como autor de delitos de falsedad en las cuentas anuales, falseamiento en la información económica y financiera, y alzamiento de bienes. También se absuelve a este y a los demás acusados de los delitos de falsedad en documento mercantil y estafa agravada, ya que se considera que no se produjo el engaño necesario para el desplazamiento patrimonial.
Además, se confirma la condena de varios ejecutivos de la compañía como cooperadores necesarios del delito de falsedad en las cuentas anuales, aunque se les impone una pena menor por aplicación del artículo 65.3 del Código Penal. En cambio, se absuelve al auditor externo de Pescanova, así como a la compañía auditora y su aseguradora, ya que se considera que no se produjo un comportamiento doloso en relación a los delitos por los que fueron condenados.
Por último, se absuelve a dos compañías que habían sido condenadas como cooperadoras necesarias del delito de alzamiento de bienes, al considerarse que los actos realizados por las personas físicas no beneficiaron directa o indirectamente a dichas compañías.
El tribunal también aplica la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas a todos los condenados, debido al prolongado proceso de siete años hasta la emisión de la sentencia, y a los dos años adicionales que tardaron los recursos de casación en ser sustanciados.